Recordá que está disponible la opción “¿En qué me puedo inscribir?”, para consultar los cargos a los que estás habilitada/o según tu título registrado,
Sí, podés inscribirte en el período de mayo/junio, si tenés un Profesorado Inconcluso con el 75% o más de los Espacios Curriculares Totales y el 75% o más de los Espacios Curriculares Pedagógicos aprobados.
Resulta necesario que consideres que,
a) Registrar un título, en el Departamento de Títulos provincial, en el siguiente link: https://sitio.lapampa.edu.ar/index.php/docentes/unidades-de-organizacion/2019-10-02-12-07-43/registro-de-titulos
La apertura de legajo y las inscripciones docentes para el Ciclo Lectivo del año siguiente,
Puedo abrir legajo durante los meses de mayo /junio del año en curso,
Se designa la suplencia en el marco del plan de retorno a la escuela. Esa aprobación varía de acuerdo a la institución y puede ser bimestral, trimestral y/o cuatrimestral. La designación abarca ese período de tiempo.
Si, en el caso de tener a cargo a menores en turnos distintos, y de acuerdo al proyecto institucional de cada uno de ellos.
No está prevista dispensa alguna aplicable a este supuesto.
La dispensa se concederá únicamente en el turno que el estudiante asiste a la escuela.
Las Direcciones de Nivel y modalidad guiarán este proceso y con el acompañamiento y seguimiento del coordinador, el equipo directivo: planificará y conducirá las acciones a desarrollar por parte de su equipo de enseñanza para con el grupo de estudiantes. En ese sentido el docente suplente deberá asistir todo el tiempo a la presencialidad y acompañará al grupo asignado o a otros grupos o a alumnos que requieran de otro acompañamiento de acuerdo a la planificación institucional.
No. Todo docente, cualquiera sea su condición de revista. debe continuar con las tareas que le competen a su función desde la no presencialidad.
No. La dispensa exime de la obligación de presencialidad.
El docente con dispensa que tiene a cargo un grupo de estudiantes es quién debe conducir y desarrollar toda la planificación de la enseñanza y deberá coordinar y acompañar al docente suplente en desarrollo de las acciones durante ese tiempo. Debe responsabilizarse del acompañamiento de las tareas domiciliarias de los estudiantes (Res. CFE 387/21)
Se designará una vez y se sostendrá esa designación durante el tiempo que las Direcciones de Nivel y Modalidad hayan aprobado la frecuencia y las burbujas definidas de asistencia a clase de ese plan institucional (bimestre, trimestre. Cuatrimestre).
El docente que accede a un cargo suplente por dispensa debe desempeñarlo en la presencialidad. Deberá asistir todo el tiempo a la presencialidad y acompañará al grupo asignado o a otros grupos alumnos que requieran de otro acompañamiento de acuerdo a la planificación institucional.
No. La dispensa exime de la obligación de realizar el trabajo presencial. Debe continuar con su trabajo domiciliario dado que es el responsable pedagógico del grupo de alumnos.
Solo uno de ellos, y en el turno y/o días de no presencialidad escolar del menor a cargo.